Tu Abogada de familia

Te acompañamos en separaciones, divorcios, regulaciones de medidas de menores y más.
Trato personal atendiendo a las circuntancias del caso. 

Melina Rua Fanego

¿Qué casos atiende un abogado de familia?

Derecho de familia. Usted puede solucionar casos de divorcio, abuso doméstico, manutención de menores  disputas sobre la custodia de niños y tutela de adultos

El Derecho de Familia regula, entre otros, los siguientes aspectos:

  • El matrimonio: la ley establece tanto las formas válidas de celebración como los efectos personales y económicos que implica este vínculo legal. También aborda las situaciones de crisis que derivan en su nulidad, en la separación de la pareja o la disolución del vínculo, o en el divorcio.
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  • Las figuras asemejadas al matrimonio, tales como parejas de hecho o simplemente uniones de las cuales, aunque de forma no reglada, surgen derechos y obligaciones
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  • Los matrimonios y uniones internacionales: hablamos de parejas formadas por miembros de distintas nacionalidades y culturas, que conforman un sector dentro del Derecho de Familia con una normativa específica cuya casuística—cada día más frecuente por el aumento exponencial de la inmigración—es preciso que dominen los profesionales de Derecho.
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  • La filiación: es el vínculo entre padres e hijos, bien matrimoniales, bien extramatrimoniales o adoptivos, y abarca también la patria potestad (relación con los hijos no emancipados). 
  • La tutela: conjunto de normas referentes a la guarda y protección de menores o personas incapacitadas que no están sujetas a la patria potestad.
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  • El patrimonio familiar: conformado por el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que es necesario gestionar y/o en su caso poder liquidar y adjudicar en caso de muerte o disolución del vínculo matrimonial o separación de la pareja de hecho.
  • Las sucesiones hereditarias en el ámbito de la familia o incluso de la empresa familiar.

El divorcio de mutuo acuerdo gira en torno a la figura del convenio regulador, que es un documento en el que se reflejan todas las decisiones de los cónyuges con respecto a los aspectos mencionados.

Los cónyuges tienen amplia libertad para adoptar los acuerdos que estimen convenientes, y el juez (o quien corresponda, según el procedimiento) aprobará el convenio regulador si no aprecia que se derive de él un grave perjuicio para ninguno de los implicados.

El divorcio de mutuo acuerdo ofrece evidentes ventajas, tanto con respecto a los costes económicos del procedimiento como personales, además de tener una tramitación mucho más sencilla y rápida.

¿Cómo se tramita un divorcio de mutuo acuerdo?

La tramitación del divorcio de mutuo acuerdo depende de si en el matrimonio hay o no hijos menores de edad o mayores con respecto a los cuales se hayan establecido judicialmente medidas de apoyo con cargo a sus progenitores.

Si hay hijos que cumplan estas condiciones, el divorcio de mutuo acuerdo solo podrá tramitarse por vía judicial y ante el juez. El procedimiento está regulado en el artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en virtud del cual, el juez dictará sentencia en poco más de 10 días aprobando el convenio regulador presentado por los cónyuges.

Si no hay hijos implicados, el divorcio de mutuo acuerdo se podrá tramitar por vía judicial, ante el letrado de la Administración de Justicia (no siendo necesario, por tanto, que intervenga el juez) o por vía notarial, ante el notario (artículo 87 del Código Civil).

  • Por vía judicial, una vez admitida la solicitud, el letrado de la Administración de Justicia citará a los cónyuges en los 3 días siguientes para que se ratifiquen por separado en su petición, tras lo cual, dictará un decreto por el que aprobará, si procede, el convenio regulador presentado por los cónyuges.
  • Por vía notarial, presentando un convenio regulador firmado por ambos que el notario elevará a escritura pública (artículo 54 de la Ley del Notariado).

Para la tramitación del divorcio por la vía judicial, cualquiera que sea la modalidad, será necesario que ambos cónyuges actúen asistidos por abogado y representados por procurador, si bien podrán compartir los mismos profesionales si el divorcio es de mutuo acuerdo. Por vía notarial, solo será necesaria la asistencia de abogado en ejercicio, que también podrá ser el mismo para ambas partes.

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