ASISTENCIA A EXTRANJEROS DETENIDOS EN COMISARIA
Actualmente suele suceder con mucha frecuencia, que agentes policiales proceden a identificar personas que se encuentran por la vía pública. El agente solicita D.N.I, permiso de residencia o algún tipo de identificación, tal como el pasaporte. Una vez aportada esta documentación si se detecta que se encuentra caducada, si ha transcurrido más del tiempo de 90 días para permanecer en territorio Español sin necesitar permiso de residencia, si el visado que le autoriza a permanecer en España no se encuentra en vigor o en el caso que se carezca de documentación, si persona es extranjera, no comunitaria, se procederá a su detención.
La detención en dependencia policiales no podrá superar las 72hs. Antes de que trascurra este plazo el detenido tendrá que ser puesto a disposición judicial.
Es muy importante señalar que desagradable situación de detención policial puede darse por el simple hecho de carecer de permiso de residencia o documentación de identificación.
En dependencias policiales pueden ocurrir alguna de las siguientes situaciones:
1- Que se inicie un expediente de expulsión preferente.
2- Que se inicie un procedimiento de expulsión ordinario
3- Que se ponga a disposición judicial, con independencia de que el extranjero detenido haya o no cometido un delito. La puesta a disposición judicial suele llevar aparejada una orden de internamiento del extranjero en un Centro de Internamiento de Extranjero (CIE).
Todas estas situaciones requieren la intervención preceptiva de un abogado, y nuestro despacho es experto en estos supuestos, prestando asistencia jurídica al detenido en plena comunicación con sus familiares.
LAS MEDIDAS CAUTELARES EN MATERIA DE EXTRANJERÍA
Actualmente los Juzgados de Instrucción son propensos a tomar la medida cautelar de Internamiento del Extranjero que se encuentra en situación irregular en territorio nacional. Toman esta medida con independencia de que el extranjero que NO ostente permiso de residencia haya o no cometido algún delito en el momento de su detención.
La medida cautelar supone que el extranjero ingresará en un Centro de Internamiento para Extranjeros (CIE). Esta decisión judicial supone la privación del derecho de libertar de la persona sobre la que recaiga, pero es recurrible, y nuestro despacho tiene gran experiencia en estos temas, así como la capacidad de estar en contacto directo con la familia del extranjero internado informando sobre la situación en la que se encuentra la persona privada de libertad. En la actualidad, debido a que han cerrado la mayoría de Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) la inmensa mayoría de orden de internamiento suponen el traslado el extranjero al CIE de Madrid, con independencia de la Comunidad autónoma donde resida. Nuestro despacho dispone de los medios necesarios para recurrir esta decisión judicial, en plena comunicación con la familia del detenido, la cual es crucial en estos momentos ya que deberá facilitarnos la documentación necesaria para dejar sin efecto dicha orden de internamiento.
EXPEDIENTES DE EXPULSION
Nuestro despacho se encarga de la defensa del Extranjero frente a los Expediente de expulsión, tanto para extranjeros comunitarios como extracomunitarios
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